El 13 de noviembre de 2013, Araceli Vázquez Barranco fue asesinada por su expareja, Javier Mauricio, dentro de su domicilio mientras se bañaba; desde entonces, su madre, Amada Barranco Barranco, se ha enfrentado a un sistema que invisibiliza, ignora y maltrata a las víctimas.

“Si la SCJN hubiera revisado mi caso, nos hubiera evitado tanto a mí, mis hijas y mis nietos revivir lo que hemos vivido durante 12 años”, dijo la señora Amada en un llamado hecho desde la Clínica Jurídica Minerva Calderón (CJMC) de la IBERO Puebla. La Universidad y las víctimas exigen a las autoridades actuar en favor de la familia de Araceli y ampliar el concepto de ‘violencia feminicida’ a la luz de la reforma de la Ley General.

En junio de 2023, Javier Mauricio fue detenido, y en febrero de 2024 fue sentenciado por feminicidio a 35 años de prisión. Él apeló dicha sentencia condenatoria, y en noviembre de ese mismo año, la Cuarta Sala Colegiada en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla dictó una resolución a su favor.

El delito de feminicidio fue recalificado a homicidio, reduciendo la sanción a 27 años y 6 meses de prisión, por no haber pruebas suficientes del acoso y las amenazas de Javier hacia Araceli, al no haberse demostrado una afectación psicológica que justificara la razón de género del crimen.

Con el apoyo de la CJMC de la IBERO Puebla, la señora Amada Barranco presentó un amparo directo en contra de dicha resolución, el cual fue resuelto el día del 12º aniversario luctuoso de Cheli, como le decían de cariño. Y si bien el Tercer Tribunal Colegiado le otorgó el amparo, este se concedió “para efectos”; es decir, en realidad dicha resolución sigue perpetuando la impunidad del feminicida y aplaza el derecho de acceso a la justicia para Araceli y su familia.

Así, la sentencia del amparo directo, en lugar de confirmar que el asesinato era un feminicidio derivado de las pruebas aportadas —y por la manera en que fue expuesto y hallado el cuerpo de Araceli—, ordenó la reapertura del proceso penal para que se realizaran más pruebas periciales.

Relevancia jurídica del caso y el papel de la Suprema Corte

El coordinador de la CJMC, Simón Hernández León, explicó que estudiar el caso de Araceli permite definir el tipo de pruebas que determinan la razón de género en casos de acoso previo a un feminicidio. A su vez, contribuye a cuestionar si la definición de ‘violencia psicológica’ incluida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es discriminatoria por establecer como prueba que la mujer viva con depresión, aislamiento, devaluación de la autoestima o incluso cometa suicidio.

“Eso genera una complejidad manifiesta y una carga probatoria desproporcionada. ¿Cómo acredito yo el sufrimiento de una persona que desafortunadamente ha fallecido? Y, ¿por qué este elemento que está introduciendo la sala colegiada haciendo un reenvío y una reinterpretación muy laxa de la Ley General de Acceso a la Vida Libre de Violencia, tenía que ser un elemento condicionante para acreditar el feminicidio?”, expresó Hernández León.

La Clínica Jurídica presentó un recurso de revisión en contra de la sentencia del amparo directo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que desechó el recurso, argumentando que el caso no tenía relevancia constitucional y no era de interés excepcional. Con ello, cerró la posibilidad de examinar si fue debidamente juzgado con perspectiva de género e interseccionalidad. Es decir, la nueva integración del Máximo Tribunal del país también le quitó a Cheli y a su familia la posibilidad de acceder a la justicia.

Así, los efectos de la decisión de la SCJN se traducen en que la familia de Araceli ha tenido que volver a narrar los hechos a más de 12 años del feminicidio; enfrentar actos de violencia institucional, y realizar ajustes en su proyecto de vida a fin de seguir exigiendo justicia.

Alma Delia Vázquez Barranco, hermana de Araceli, reconoce con dolor esta revictimización que ha causado estragos en su propio núcleo familiar, donde sus hijas y familiares cercanos han sido llamados en múltiples ocasiones para recordar una y otra vez lo acontecido con su hermana menor, incluso cuestionando su vida privada actual. “Lo que yo pido es que se haga justicia para mi hermana”, sentenció.

Ley General de Feminicidio y los efectos de la impunidad
En marzo de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció que enviaría al Congreso de la Unión una iniciativa para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio. Ello permitiría homologar el tipo penal de feminicidio a nivel nacional, establecer 21 agravantes y sancionar con mayor severidad a las personas agresoras.
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“Advertimos que se retira el concepto de ‘impunidad’. Ya no se coloca como una característica para definir la violencia feminicida y eso puede llevar a regresividad”: María Fernanda Santos
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María Fernanda Santos de la Rosa, responsable de Acceso a la Justicia y Violaciones Graves a Derechos Humanos en la CJMC, explicó el impacto de esta modificación. “Claro que se reconocen los esfuerzos de legislativos y de política pública que busquen restablecer la dignidad de las víctimas. Pero nos llama la atención, pues algunos detalles que no advierten que familias como la de Araceli puedan acceder a la justicia”.

Por lo anterior, la CJMC llama a las autoridades federales, estatales y municipales a advertir la necesidad no solo de sancionar con perspectiva de género los casos de feminicidio, sino también de tener una mirada expansiva. La violencia feminicida no se agota el día de los hechos: es continua, permanente y de tracto sucesivo en tanto permanezca en impunidad.

Solo de esta forma, feminicidios como el de Araceli Vázquez Barranco en noviembre de 2013 y el de Minerva Calderón Hernández en marzo de 2017 —ambos casos acompañados por la Clínica Jurídica de la IBERO Puebla— podrán ser debidamente reparados.