Como parte de las acciones para fortalecer la cultura de la legalidad y la integridad en el servicio público y del programa “Integridad que genera valor”, el Comité Estatal de Participación Ciudadana (CEPC), con el apoyo técnico de la Secretaría Ejecutiva y el Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), organizaron una conferencia en formato presencial y virtual denominada “Delitos por hechos de Corrupción”, impartida por el coordinador jurídico de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Rubén Alberto Curiel Tejeda, la cual estuvo dirigida a servidores públicos, organismos empresariales, academia y ciudadanía en general, en el Aula Magna de la Escuela Libre de Derecho.

Como parte central de la disertación, el ponente destacó que el capítulo Décimo Noveno del Código Penal del Estado de Puebla establece las conductas que constituyen delitos por hechos de corrupción, así como las sanciones aplicables a servidores públicos y particulares que participen en este tipo de actos.

Curiel Tejeda indicó que el combate a la corrupción comprende tanto el Derecho Administrativo Sancionador, encargado de investigar y sancionar infracciones administrativas, como el Derecho Penal, cuya función es castigar las conductas delictivas que afectan el orden público y el patrimonio de las instituciones. Precisó que un delito es toda acción u omisión sancionada por las leyes penales y que únicamente puede cometerse de forma dolosa o culposa. Asimismo, identifica como elementos del tipo penal la conducta, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad.

De igual forma, manifestó que los delitos por hechos de corrupción contemplan figuras como el ejercicio indebido de funciones públicas, abuso de autoridad, cohecho, peculado, concusión, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias y uso ilícito de atribuciones, entre otros. En ese mismo sentido, destacó que son considerados servidores públicos todas las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en cualquiera de los poderes del Estado, municipios, organismos autónomos y entidades públicas. Asimismo, señaló que los particulares también pueden ser sancionados penalmente cuando intervengan en la comisión de hechos de corrupción previstos en la legislación.

Enfatizó que, entre las obligaciones más relevantes, tal y como lo ha instruido el gobernador del estado Alejandro Armenta Mier, se encuentra el deber de denunciar cualquier hecho de corrupción del que un servidor público o ciudadano tenga conocimiento. La omisión de esta responsabilidad puede derivar en penas de prisión, multas y otras sanciones cuando no se informe a la autoridad competente o no se actúe para impedir la conducta ilícita. Agregó que además de las penas privativas de libertad y las multas, la legislación prevé la destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos o participar en contrataciones gubernamentales, con periodos que pueden alcanzar hasta veinte años, derivado de la gravedad del daño ocasionado. También se contemplan agravantes cuando los hechos involucren a integrantes de corporaciones de seguridad pública.

Finalmente, dijo que además del delito de ejercicio indebido o abandono de funciones públicas, también son sancionables conductas como ejercer un cargo sin cumplir los requisitos legales; permanecer en funciones después de haber sido suspendido o destituido; abandonar injustificadamente el empleo; omitir informar hechos que puedan causar afectaciones al patrimonio público; ocultar, destruir o utilizar indebidamente información oficial; presentar informes falsos; y descuidar la protección de personas, instalaciones o bienes bajo su responsabilidad.

Con este tipo de ejercicios el trabajo encaminado al combate de la corrupción fortalece el desempeño ético del servicio público y contribuye a prevenir conductas que vulneren la confianza ciudadana y el correcto funcionamiento de las instituciones. La prevención, la denuncia oportuna y el cumplimiento de las responsabilidades legales son elementos fundamentales para consolidar una administración pública íntegra, transparente y comprometida con el Estado de Derecho.

El acto contó con la presencia de la presidenta del Comité Coordinador y del CEPC Maritza Méndez Cabrera, los comisionados Cecilia Huchin Mora, Víctor Manuel Sánchez Ruiz, Laura Elisa Morales Villagrán y Segio Díaz Sáenz, así como el titular de la Auditor Superior del Estado Germán Reyna y Herrero, el titular Sala Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas del Tribunal de Justicia Administrativa Martín Fuentes Morales, la titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción Georgina Cesín Andrade y la contralora municipal de Puebla Dulce Lilia Rivera Arand, el presidente del Colegio de Puebla Alberto Jiménez Merino y auditores de la Auditoría Superior del Estado.